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La naviera sortea entre todos sus pasajeros un vehículo marca y modelo Opel Karl Rocks MY19 1.0 54KW (73CV), proporcionado por el concesionario ORVECAME, valorado en nueve mil ochocientos treinta y un euros con un céntimo (9.831,01€) IGIC incluido.
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El ganador del citado vehículo podrá negociar con el citado concesionario la adquisición de otro vehículo de valor superior, descontándose del precio del mismo la citada suma de 9.831,01 euros (IGIC incluido).
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El premio es nominativo, personal e intransferible, no pudiendo ser canjeado por su importe en metálico ni por otra contraprestación, salvo lo indicado en el punto anterior en relación con la adquisición de otro vehículo de ORVECAME de valor superior.
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El traslado del agraciado al lugar de entrega del premio, que será en las instalaciones de Orvecame, situadas en la isla donde resida el ganador del premio - o en caso de no existir concesionario en la misma, en la isla más cercana-, correrá a cargo del ganador.
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Los gastos de matriculación y el Impuesto municipal anual sobre Vehículos de Tracción Mecánica correrán a cargo del ganador del vehículo, así como la ampliación de garantía, en caso de solicitarla. El traslado del vehículo hasta el lugar deseado por el ganador correrá a cargo de este, pudiendo las empresas organizadoras facilitarle la entrega lo más cerca del mismo, si fuera posible. En el momento de retirar el vehículo, el agraciado deberá haber concertado el correspondiente seguro obligatorio de circulación, pudiendo ser requerido por FRED. OLSEN, S.A. o por el Concesionario Oficial de ORVECAME en cuyas instalaciones se formalice la entrega, para que acrediten dicho extremo.
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En el caso de que el ganador no acepte el premio o no pueda ser contactado en el plazo que se indicará, éste perderá los derechos, sin que ello dé lugar a ningún tipo de compensación alternativa o adicional.
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De conformidad con la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el premio concedido está sujeto a retención o ingreso a cuenta. En todo caso corresponderá a FRED. OLSEN, S.A. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, y al ganador la declaración correspondiente en su IRPF. FRED. OLSEN, S.A. asumirá el coste de la retención y enviará al ganador un certificado del ingreso realizado para que el ganador pueda cumplir con sus obligaciones fiscales.
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FRED. OLSEN, S.A. no será en ningún caso responsable de la incorrecta declaración fiscal que al efecto pueda hacer el ganador del premio. Asimismo, se informa a los participantes que el agraciado deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio a recibir y confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, con el fin de que puedan ser efectuados los ingresos a cuenta mencionados en los párrafos precedentes. La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los agraciados necesarios para la entrega de los premios tiene carácter legal y es obligatoria, de forma que la ausencia o negativa a justificar cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.
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El ganador AUTORIZA a FRED. OLSEN, S.A. y a las empresas del GRUPO EMPRESARIAL CABRERA MEDINA, S.L., al que pertenece ORVECAME, a utilizar publicitariamente su nombre e imagen en la que aparezca dentro de las actividades promocionales de Fred. Olsen, S.A. (del que es propietaria y explotadora). Dichas imágenes serán utilizadas única y exclusivamente por Fred. Olsen, S.A. y las empresas del grupo Cabrera Medina SL a los efectos de la difusión del ganador/a del sorteo en el que voluntariamente se participa, siendo, entre otras, la página web de FRED. OLSEN, S.A., www.fredolsen.es, y en las redes sociales en las cuentas oficiales de Fred. Olsen Express en Twitter, Facebook, Instagram, Linkedin y Youtube. Orvecame comunicará todo lo relacionado con el sorteo desde www.orvecame.com.
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El plazo de cesión de los derechos de imagen será por tiempo indefinido y sin límite en su ámbito territorial. Asimismo, se renuncia a efectuar cualquier tipo de reclamación como consecuencia de la difusión o uso de las imágenes ya autorizadas. Todo ello sin derecho a percibir contraprestación económica de clase alguna. La negativa a la publicación de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.