Los clientes tienen igualmente a su disposición Hojas de Reclamaciones Oficiales, en formato electrónico para su cumplimentación y presentación online o en formato impreso, que deberán presentar debidamente cumplimentadas en la Oficina de Información al Consumidor correspondiente a su municipio o en su isla, o en caso de no existir esta, directamente en la Dirección General de Comercio y Consumo del Gobierno de Canarias, mediante su presentación en cualquiera de los registros previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o electrónicamente a través de la sede electrónica del órgano correspondiente.
Para que la Hoja de Reclamaciones Oficial sea admitida por los Organismos de Consumo, es requisito imprescindible haber realizado la reclamación de forma previa al Servicio de Atención a la Clientela de la empresa y acompañar justificante de la misma, junto con la contestación recibida de la compañía.
Asimismo, los clientes tienen a su disposición las hojas oficiales en caso de un servicio de intermediación turística, como las entradas de los parques, de acuerdo a la normativa Decreto 77/2022, del 7 de abril.